
Los escribanos podemos realizar diferentes tipos de certificaciones. Aunque estos trámites suelen conocerse como legalizaciones de firmas, las denominaciones correctas incluyen certificaciones de firmas, certificaciones de fotocopias, certificaciones de domicilio, entre otras.
Certificación de firmas
Este tipo de trámites es uno de los más habituales en las Escribanías, tanto de personas humanas como de personas jurídicas o empresas, consiste en que en presencia del Escribano, la persona estampe su firma en un documento y el Escribano lo que hará es dar fe de que dicha firma fue estampada en su presencia y que pertenece a la persona que suscribe.
Dependiendo del carácter en el que concurran, por ejemplo por su propio derecho o en representación de una sociedad, será diferente la documentación que se le requerirá. Por ejemplo, para certificar una firma donde uno firma por sí o por derecho propio o representándose a uno mismo, solo es necesario concurrir a la Escribanía con el DNI que lo identifique y el documento que precisa que firme en presencia del Escribano.
La certificación de firma es un trámite rápido ya que entendemos la necesidad de las personas de tenerlo a la brevedad y generalmente te lo podés llevar certificado en el momento. También brindamos el servicio de ir a tomar la firma al domicilio. Este servicio es útil en aquellos casos de personas con movilidad reducida o la agenda muy ocupada por lo que quizás es necesario ir a tomarle la firma a su hogar o empresa.
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Certificación de fotocopias o reproducciones
El Escribano da fe pública de que la fotocopia o reproducción –que está certificando- es copia fiel de un documento original.
Este es otro de los trámites más comunes en las Escribanías. Habitualmente lo llaman “legalización de fotocopia” pero el término jurídico correcto es certificación de fotocopias o reproducciones. En este caso, el Escribano da fe pública de que la fotocopia o reproducción, que está certificando, es copia fiel de un documento original.
En este caso la documentación que se le requerirá es el documento original junto con una fotocopia del mismo. Generalmente el trámite se realiza en el momento.
Además podemos certificar fotografías: en estos casos concurrimos al lugar, tomamos las fotografías y damos fe de que las fotografías son fiel reflejo de la realidad.
Si no contás con un escribano de confianza, podemos ayudarte y brindarte asesoramiento.
Certificación de domicilio
Este trámite generalmente lo solicita ARCA para verificar el domicilio del contribuyente y dar de alta la CUIT del contribuyente. Consiste en que el Escribano se acerque al domicilio indicado y verifique que en dicho lugar vive o se desarrolla la actividad indicada por el solicitante.
Estos certificados se expiden a solicitud de una persona humana o jurídica (sociedad) para constatar su domicilio ante un organismo público o privado. Consiste, por ejemplo, en que el Escribano se acerque al domicilio indicado por la empresa y verifique que en dicho lugar se desarrolla la actividad indicada por el solicitante.
Este trámite habitualmente lo solicitan fideicomisos, empresas o sociedades que necesitan acreditar el domicilio fiscal para dar de alta en ARCA la CUIT o personas humanas para por ejemplo el trámite del cambio de domicilio del documento de identidad.
Si precisás mayor información, estamos para ayudarte.
